RESOLUCIÓN Nº 28/2026       

                                                                    SANTA ROSA, 13 de abril de 2026

     

 

VISTO:

            El Expediente Nº 15281/21-MGEyS- caratulado: “MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS – ADMINISTRACION PROVINCIAL DEL AGUA -s/ S/DOCUMENTACION PARA EJECUCION DE LA OBRA: RED DE DESAGÜES CLOACALES Y PLANTA DE TRATAMIENTO DE LA LOCALIDAD DE ALTA ITALIA.; y

 

CONSIDERANDO:

   

    Que en el Expediente de referencia tramita la Licitación Pública N° 08/21, que tiene por objeto la ejecución de la Obra Red de desagües cloacales y planta de tratamiento de la localidad de Alta Italia, con encuadre en el artículo 9 -primer párrafo- de la Ley General de Obras Públicas N° 38 y sus modificatorias, con contrato aprobado por Decreto N° 4282/23 e intervención previa del Tribunal de Cuentas con Resolución N° 228/23;

 

    Que  el Tribunal de Cuentas se expidió a través de Resolución N° 215/2025 (fs. 2405 a 2407), en relación al proyecto de decreto (fs. 2378/238  y  de contrato ( 2382), por el cual se  autorizaba a modificar el contrato original  (aprobados por Decretos N° 4282/23 y 4365/24 suscriptos en fecha  17/10/2023 y 25/10/2024) con la empresa Grupo RIGEM S.A, y una  modificación del contrato original, detallando diferencias de trabajos contratados  que implicaban  una demasía de $ 134.745.168,77 a valores de julio 2022, una ampliación de plazo contractual de doscientos diez (210) días corridos contados a partir de la finalización de obra;

 

    Que asimismo se preveían como modificaciones de la obra la Ampliación del Servicio a la Zona Norte y un Nuevo Punto de conexión Eléctrica para la Planta de Tratamiento;

 

    Que en la mencionada Resolución N° 215/2025, se desestima las observaciones de Contraloría Fiscal obrantes a fs. 2403/2404 del Expediente Nº 15281/2021 en lo concerniente al Nuevo Punto de Conexión Eléctrica para la Planta de Tratamiento, y en consecuencia se conformó en lo pertinente el Proyecto de Decreto de fs. 2378/2382, en virtud de lo establecido en el artículo 5° inciso c) del Decreto Ley N° 513/69;

 

    Que por la misma resolución se procedió a rechazar respecto del proyecto de Decreto de fs. 2378/2382, lo propuesto respecto la Ampliación de la Red Cloacal a la Zona Norte (Barrio Norte) incluida su Estación de Bombeo de la obra “RED DE DESAGÜES CLOACALES Y PLANTA DE TRATAMIENTO DE LA LOCALIDAD DE ALTA ITALIA”;

 

    Que en esta instancia vuelven las actuaciones al Tribunal de Cuentas, con nuevo proyecto de Decreto de fs. 2456 a 2461, por el cual se autoriza a realizar una modificación del contrato original que consiste en trabajos adicionales resultando una demasía de $ 6.316.512,00 con valores al mes de julio de 2022 y se otorga una ampliación de plazo contractual de 210 días corridos contados a partir de la finalización del plazo original de la obra;

 

    Que el nuevo contrato prevé la incorporación de los trabajos adicionales de acuerdo detalle de fs. 2444 a 2452, nuevo plan de trabajo, nueva curva de inversión mensual y nueva curva de inversión acumulada;

 

    Que se acompaña la documentación técnica, afectación preventiva correspondiente al año 2025, actualización de la Declaración de Impacto Ambiental correspondiente al proyecto que se aprueba, Dictamen del Consejo de Obras Públicas e intervención del Ministro de Obras y Servicios Públicos, en el marco de lo establecido en los artículos 1° y 3° de la Resolución N° 215/2025;

 

    Que en consecuencia procede la aprobación del acto que se pone a consideración del Tribunal, no obstante advertir en el trámite de las actuaciones respecto de la dilación en los plazos de tramitación y el condicionamiento impuesto a la Comitente por parte de la Contratista, de acuerdo constancias de fs. 2418/2420, 2421 y 2422;

 

POR ELLO:

 

  EL TRIBUNAL DE CUENTAS

  R E S U E L V E:

 

Artículo 1º: Conformar el proyecto de decreto de fs. 2456 a 2461, en virtud de ajustarse a lo establecido en los artículos 1° y 3° de la Resolución N° 215/2025 y por los fundamentos expresados en los considerandos de la presente resolución.

 

Artículo 2:  Se advierte respecto la necesidad que en futuras contrataciones la tramitación de las actuaciones no se condicione por los plazos impuestos de forma unilateral por la parte Contratista.

 

Artículo 3º: Regístrese por Secretaría, comuníquese y cumplido archívese.